Lo Mejor Para Perros
Menú

Guías legales 2026

Censo municipal canino: cómo darse de alta y cuándo no basta con el autonómico

Diferencias entre censo municipal, registro autonómico y RIAC. Ayuntamientos que sancionan por no estar al día, plazos habituales y trámite paso a paso.

En 30 segundos

El censo municipal no es lo mismo que el registro autonómico (RIVIA, AIAC, REIAC, etc.). El registro autonómico es siempre obligatorio. El censo municipal solo en los ayuntamientos que lo exigen por ordenanza. En 2026 muchos ayuntamientos lo piden, sobre todo capitales de provincia y municipios medianos. Plazo habitual: un mes desde la adquisición o desde el empadronamiento.

Tres niveles de registro, no uno

La confusión es generalizada. Hay tres figuras distintas:

  1. Microchip. Es solo un código numérico implantado en el perro. No es un registro.
  2. Registro autonómico (RIVIA en Andalucía, AIAC en Cataluña, REIAC en Madrid, etc.). Vincula el chip con los datos del titular. Es obligación de ámbito autonómico.
  3. Censo municipal. Es un registro adicional que algunos ayuntamientos exigen para tener un padrón de animales en su término.

Tener chip no equivale a estar en registro autonómico. Estar en registro autonómico no equivale a estar en censo municipal.

Quién exige censo municipal

Cada ayuntamiento decide vía ordenanza. En la práctica:

Municipios típicamente con censoMunicipios típicamente sin censo
Capitales de provinciaPueblos pequeños sin ordenanza propia
Ciudades de más de 50.000 habitantesMunicipios que confían solo en el registro autonómico
Municipios costeros turísticosComarcas rurales

País Vasco y Galicia exigen censo municipal obligatorio en todos sus municipios por ley autonómica.

Cómo darse de alta

  1. Empadrónate primero en el municipio (si no lo estás).
  2. Localiza el departamento de medio ambiente, sanidad o servicios municipales que gestione el censo.
  3. Presenta: DNI, dirección, cartilla sanitaria del perro y comprobante del chip.
  4. Algunas ciudades exigen comprobante del registro autonómico ya tramitado.
  5. Tasa: 0 a 30 €, según ordenanza.

Muchos ayuntamientos lo permiten online a través de la sede electrónica. Tiempo: menos de 15 minutos si tienes los documentos.

Plazos habituales

SituaciónPlazo típico
Cachorro nuevo en casa1 a 3 meses desde adquisición
Mudanza de municipio1 mes desde empadronamiento
Cambio de titularidadInmediato

El censo felino municipal obedece a reglas distintas en muchas autonomías, así que conviene revisarlo si compartes hogar con gato.

Sanciones por no estar censado

Tipo de ayuntamientoCuantía habitual
Cuantía mínima por ordenanza50 €
Cuantía habitual100 a 300 €
Cuantía en caso de PPP no censado en registro de PPP300 a 2.404 € (cuantías Ley 50/1999)

Lo que verificar

  1. Web de tu ayuntamiento, buscar "censo de animales", "padrón canino" o "registro de animales de compañía".
  2. Si tu municipio te exige censarte aunque ya estés en el registro autonómico.
  3. Plazo desde la adquisición.
  4. Si el censo es gratuito o lleva tasa.

Fuentes consultadas

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392)
  • Ley 7/2023, de 28 de marzo, art. 31 (registros) (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-7936)