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Ley 7/2023 de bienestar animal: las 12 obligaciones que pillan desprevenido a todo el mundo

Las doce obligaciones de la Ley 7/2023 que más sorprenden a los dueños de perros en España. Qué está ya en vigor, qué sigue pendiente del reglamento, qué sanción tiene cada cosa.

En 30 segundos

La Ley 7/2023 está en vigor desde septiembre de 2023. Cambia el estatus jurídico de tu perro (deja de ser una cosa, pasa a ser un ser sintiente), te obliga a 12 cosas concretas y reparte sanciones de 500 a 200.000 euros. Pero ojo: el reglamento que aterriza varias de esas obligaciones (curso, seguro universal, identificación genética) sigue sin publicarse. Aquí va lo que sí te puede multar hoy y lo que está en compás de espera.

Las 12 obligaciones

1. Tu perro no puede estar solo más de 24 horas

Tres días para otros animales, 24 horas para los perros. Es el artículo 27 de la ley, no una recomendación. Si dejas a tu perro solo el fin de semana en casa, aunque sea con agua y comida, técnicamente estás incurriendo en infracción.

2. No puede vivir habitualmente en terraza, balcón, azotea, patio, trastero, sótano ni vehículo

De forma puntual mientras tiendes la ropa, no pasa nada. De forma habitual, infracción grave: de 10.001 a 50.000 euros. Es la sanción que más se está aplicando en la práctica.

3. Identificación obligatoria

Microchip y alta en el registro de identificación de tu comunidad autónoma. Esto ya era obligatorio antes de la ley, pero ahora la sanción por no tenerlo se ha endurecido (infracción grave).

4. Comunicar pérdida o sustracción en 48 horas

Si tu perro desaparece, tienes dos días para denunciarlo a la autoridad competente (normalmente Policía Local o Guardia Civil) y notificarlo al registro autonómico. No hacerlo es infracción leve (500 a 10.000 euros).

5. Curso de tenencia responsable

Aquí está la primera trampa. La ley lo exige, pero a fecha de hoy no es exigible en la práctica porque depende del reglamento de desarrollo, todavía en tramitación. Cuando se apruebe, será gratuito, online, y obligatorio para nuevos titulares. Los actuales quedarán exentos.

6. Seguro de responsabilidad civil

Misma situación que el curso. La ley lo exige para todos los perros, pero la Dirección General de Derechos de los Animales y la Dirección General de Seguros emitieron una nota informativa conjunta aclarando que no es exigible hasta que el reglamento se publique, salvo donde ya lo exigía la normativa autonómica o municipal (Madrid es el caso clásico). Si tu perro es PPP, sí es obligatorio desde 1999 por otra ley.

7. Revisión veterinaria con la periodicidad que fije el reglamento

El borrador del reglamento de desarrollo (en exposición pública desde junio de 2025) plantea revisión veterinaria anual mínima para perros, gatos y hurones. Cuando se apruebe, será obligatoria. Hoy no lo es.

8. Prohibido el sacrificio salvo por razones estrictas

Solo puede sacrificar un veterinario y solo por razones de salud o riesgo. Ya no vale "no me cabe en el piso nuevo" ni "me he separado". El sacrificio por motivos de ubicación, edad o espacio está prohibido como infracción muy grave.

9. Prohibidas mutilaciones y modificaciones corporales

Cortar orejas, cortar cola, cuerdas vocales o cualquier modificación permanente con fines estéticos. Solo se permiten intervenciones por motivos médicos certificados. Infracción grave.

10. Prohibido educar con métodos que causen miedo o ansiedad

Esto suena vago pero tiene consecuencias concretas. Los collares de impulso eléctrico, los collares de pinchos invertidos y los métodos coercitivos están señalados explícitamente como infracción grave en el artículo 74. Significa multas de 10.001 a 50.000 euros y posible decomiso del animal.

11. Prohibido dejar al perro atado a un vehículo en marcha

Suena obvio, pero pasaba (y pasa). Infracción grave.

12. Prohibida la venta en tiendas y la venta directa por internet sin condiciones

Desde septiembre de 2024 ya no se pueden vender perros, gatos ni hurones en tiendas. La venta por internet solo es legal si el anuncio incluye el número de registro del criador (o núcleo zoológico) y el número de identificación del animal. Si compras un cachorro por Wallapop sin esos datos, estás participando en una venta ilegal.

La misma prohibición se aplica a las obligaciones para dueños de gatos en la Ley 7/2023.

Sanciones (artículos 73 a 76)

TipoCuantíaEjemplos
Leve500 a 10.000 €No comunicar pérdida; incumplimientos administrativos menores
Grave10.001 a 50.000 €Mantener perro en terraza; no identificarlo; uso de collares aversivos
Muy grave50.001 a 200.000 €Maltrato con resultado de muerte; peleas; cría comercial sin autorización

Las cuantías son las del marco estatal. Las comunidades autónomas pueden tener cuantías propias en sus leyes, y los ayuntamientos pueden sancionar con cuantías más bajas a través de ordenanza municipal (hasta 3.000 € por la Ley 7/1985 de bases del régimen local). En la práctica, la cuantía final depende mucho de quién instruye el expediente.

Lo que tienes que hacer hoy

  1. Confirma que tu perro está dado de alta en el registro autonómico (no solo en el chip).
  2. Si vives en Madrid o tu municipio te lo exige, ten contratado un seguro de responsabilidad civil ya.
  3. Si tienes PPP, repasa que todo esté en regla (licencia, seguro, registro municipal).
  4. Si te has planteado dejarle más de 24h solo en casa con comida automática, no lo hagas más. Existen alternativas (residencia, cuidador, familia).

Lo que está pendiente y aún no es exigible

  • Curso obligatorio de tenencia responsable
  • Seguro RC universal (sigue siendo obligatorio solo donde ya lo era)
  • Identificación genética obligatoria
  • Revisión veterinaria anual con periodicidad fijada

Cuando el reglamento se publique en BOE actualizaremos este artículo y los enlazados.

Fuentes consultadas

  • Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-7936)
  • Nota informativa de la Dirección General de Derechos de los Animales sobre la entrada en vigor de la Ley 7/2023 (https://www.dsca.gob.es/)